Evite sorpresas tras el brindis: una guía esencial para navegar la normativa de cobros de 2025, identificar las dos únicas entidades financieras autorizadas y asegurar que su fortuna llegue a buen puerto sin contratiempos legales.
Por Jorge Alonso Curiel
HoyLunes – El Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, que se celebra cada 22 de diciembre, es uno de los acontecimientos más esperados en España y, para muchos, resulta también el verdadero inicio de las fiestas navideñas. Millones de españoles participan con la ilusión de llevarse alguno de los codiciados premios, especialmente el Gordo, que reparte cientos de miles de euros por décimo. Pero cuando llega el momento de cobrar, no todos saben que no se puede cobrar un premio grande en cualquier banco. Vamos a orientar a todos los participantes por si alguno de los décimos que juegan es el elegido por la fortuna.
La distinción según el importe
La forma de cobrar un décimo premiado depende del monto del premio obtenido:
Premios menores (inferiores a 2.000 €):
Puedes cobrarlos directamente en cualquier administración de Loterías del Estado. Esto incluye premios de pedreas o reintegros.
Premios mayores (igual o superiores a 2.000 €):
Estos no pueden cobrarse en cualquier banco ni en la administración de Lotería. Para ellos, la normativa actual obliga a dirigirse exclusivamente a dos entidades bancarias autorizadas.

Bancos autorizados para premios grandes
Para el Sorteo Extraordinario de Navidad 2025, solo estas dos entidades bancarias pueden gestionar el cobro de premios de más de 2.000 euros:
BBVA
Es una de las dos entidades financieras con convenio para gestionar premios de gran importe.
Puedes acudir a cualquier sucursal de BBVA aunque no seas cliente.
No se puede cobrar comisión por el trámite.
CaixaBank
La otra entidad autorizada oficialmente.
Igual que en BBVA, no hace falta tener cuenta abierta para cobrar allí tu premio.
Los trámites son similares: cita previa, identificación y documentación del billete.
Plazos y condiciones
Plazo para cobrar: Tienes tres meses desde la fecha del sorteo (22 de diciembre de 2025) para reclamar tu premio. Esto significa que la fecha límite es 23 de marzo de 2026.
Documentación necesaria: DNI/NIE o pasaporte y el décimo premiado original. Si el premio es compartido entre varias personas, cada una debe identificarse para constar debidamente en el trámite.
Impuestos: Los premios que superen los 40.000 € están sujetos a una retención fiscal del 20 % por parte de Hacienda en el momento del pago.

TRÁMITES PRÁCTICOS AL COBRAR EN EL BANCO
Solicita cita previa en la oficina de BBVA o CaixaBank que prefieras.
Presenta el décimo premiado original y tu documento de identidad.
Si el premio es compartido, todos los participantes deben asistir con sus documentos.
El banco gestionará la transferencia o ingreso del importe neto, ya descontado el impuesto correspondiente si aplica.
Importante: Los bancos no pueden cobrarte comisiones ni exigir servicios adicionales para efectuar el pago de un premio, ni siquiera si no eres cliente de la entidad.

Consejos para los agraciados
No dejes pasar el plazo de tres meses: pasado ese tiempo, el derecho al cobro caduca.
Si el billete está deteriorado o es difícil de leer, acude primero a una administración de lotería para que certifiquen su validez.
En caso de pérdida, robo o destrucción, notifica cuanto antes a la policía y a Loterías y Apuestas del Estado para recibir instrucciones.
Si recibes un premio compartido, documenta claramente la participación para evitar problemas fiscales por donaciones.
Resumen para no olvidar
Hasta 2000 euros: En cualquier administración de Lotería.
A partir de 2000 euros o superior: Solo en BBVA o CaixaBank.
Online: Abono automático a cuenta si se compró en web/app oficial.

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